A continuación te dejamos esta sencilla calculadora de facturas para que tengas controlado el IVA y el IRPF que debes aplicar a las mismas. Esta calculadora es gratuita y la podrás usar sin ninguna limitación.
Nube3i es un software ERP-SGA que aún te lo pondría más fácil, no obstante, usando esta calculadora ya has dado el primer paso para optimizar tu tiempo y reducir esfuerzos innecesarios.
Si lo que buscabas no era esto, aquí te dejamos esta otra calculadora para que puedas calcular la base imponible a partir del total de la factura.
A continuación puedes calcular el total de la factura, con IVA e IRPF:
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Base imponible:El importe sin iva de la factura.
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IVA %:% de IVA que corresponda según el producto o servicio.
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IRPF %:% IRPF a aplicar dependiendo de la actividad.
¿Cómo calcular el IVA e IRPF de una factura?
El IVA a aplicar depende de la actividad que realiza la empresa y el tipo de IVA que tributa en su Comunidad Autónoma.
La tabla general de aplicación para los distintos tipos de IVA en España es:
- IVA superreducido (4%): se aplica a los productos de primera necesidad como, por ejemplo, el pan, la leche, las frutas, los cereales y los quesos. Otros productos con este tipo de IVA son los periódicos, libros y revistas que no sean de tipo publicitario. Los medicamentos, sillas de ruedas y prótesis también están incluidos en esta categoría. También se aplica este tipo a las viviendas de protección oficial (VPO).
- IVA reducido (10%): este tipo impositivo incluye muchísimos productos diferentes, como los alimentos (salvo los del IVA superreducido), transporte de personas, plantas de huerto y espectáculos deportivos no profesionales entre otros.
- IVA general (21%): Para finalizar, este porcentaje se aplica al resto de productos y servicios. En este 2021 se han incluido las bebidas azucaradas y edulcoradas.
Cabe destacar que hay una serie de actividades que están exentas de IVA, es decir, aplicaremos un 0%, como por ejemplo: las operaciones médicas, hospitalizaciones y asistencia sanitaria (pública y privada), exceptuando la cirugía estética, digitopuntura, acupuntura, naturopatía o mesoterapia. También están exentas las actividades educativas en escuelas privadas y públicas.
¿Que tipo de IRPF debemos aplicar?
Para saber el porcentaje de IRPF que tenemos que renener en la factura, lo podremos determinar con los valores de la siguiente tabla:
- Si estás en el primer epígrafe IAE no tendrás aplicar IRPF en tus facturas.
- Si estás dado de alta en actividades profesionales o artísticas tendrás que retener el 15% en tus facturas..
- Si este es tu primer año de alta en el régimen de autónomos y durante los dos años siguientes de actividad, será suficiente con que apliques un 7%.
- Si estás dado de alta en actividades en estimación objetiva por módulos, tendrás que aplicar un 1% en cada factura.
- Si eres un autónomo relacionado con actividades agrícolas, forestales o ganaderas el porcentaje que te corresponde es un 2% (salvo que te dediques a actividades ganaderas de engorde porcino y avicultura, que sólo será un 1%).
Tienes todos los datos a mano y una rápida calculadora. Esperamos haberte ayudado.